TESTIMONIO: VISTO: La Resolución Nº 976 de fecha 22 de septiembre de 1993, del Minis-terio de Economía y Obras y Servicios Públicos, SAGyP y el Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA), que propicia dictar normas complementarias tendientes a salvaguardar la salud animal y púlica, el medio ambiente y el bienestar general, y CONSIDERANDO: Que ciertas drogas o principios activos a los cuales se les atri-buía propiedades curativas o terapéuticas, la farmacopea internacional y nacio-nal ha desechado de la categoría de medicamento considerándoselas exclusivamente como "tóxicos". Que la estricnina formaba parte de la lista de productos antes mencionados. Que los productos veterinarios que la contenían han sido dados de baja de los Registros Nacionales o modificados en su constitución excluyéndola de la misma, Que si bien no hay estadísticas de los casos de envenenamiento de animales, se tiene conocimiento que mes a mes aparecen perros muertos a causa de la acción de este tóxico tan potente. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 92/94 ------------------------------- ARTICULO 1.- Prohíbase en todo el Distrito de Balcarce la venta del alcaloide ------------- SULFATO DE ESTRICNINA, en forma de sal cristalina, y todos los productos que le contengan en su formulación, en un todo de acuerdo con la re-glado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 976 del SENASA.-------------------- ARTICULO 2.- Envíese copia a los Organos Colegiados de Médicos Veterinarios y ------------ Farmacéuticos de nuestro Distrito.-------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRE-TARIO.-------------------------------------------------------------------------